En una localidad entrerriana finalmente se reguló el uso de monopatín eléctrico y bicicleta con pedaleo asistido por medio de una ordenanza.
En una localidad entrerriana finalmente se reguló el uso de monopatín eléctrico y bicicleta con pedaleo asistido por medio de una ordenanza.
Requisitos
En la norma autorizan el uso en los mismos espacios que las bicicletas. Esto quiere decir que puede usarse en bicisendas, ciclocarriles y ciclovías. La autoridad de aplicación de la norma será responsable de imponer restricciones por seguridad y establece requisitos para el rodado y sus conductores.
Entre esos requisitos para el vehículo se encuentran:
-Base de apoyo, timbre, luces delantera (blanca) y trasera (roja), reflectivo, frenos eficaces.
-Velocidad máxima de 30 km/h.
-Homologación según normas nacionales/internacionales.
Y los requisitos para conductores son:
-Edad mínima: 16 años.
-Uso obligatorio de casco homologado.
-Ocupante único.
-Prohibido su uso bajo efectos del alcohol (con controles).
-Seguro de responsabilidad civil obligatorio. Este último punto se exigirá a partir de 30 días después de promulgada la ordenanza. El monto mínimo lo definirá la autoridad de aplicación.
Estos vehículos sólo podrán estacionarse en espacios para motocicletas o áreas designadas: no se podrán dejar en veredas rampas o accesos peatonales.
Sanciones
Se sancionarán con multas (de 250 a 500 días-multa) la circulación sin casco, sin luces, el exceso de velocidad, el transporte de pasajeros, el paso por lugares no autorizados, la conducción a cargo de un menor de 16 años (además se retendrá el vehículo), la desobediencia a las señales de tránsito o la sujeción a otro vehículo. De esta manera, Gualeguaychú se convirtió en la ciudad entrerriana que reguló el uso de monopatines eléctricos.
Fuente: quesabesdigital
