La semana pasada se llevó adelante un operativo de control de rutina en la ruta Nacional Nº 12, a la altura del Autódromo de la ciudad de Paraná, en el marco del cual se interceptó un vehículo que transportaba medias reses vacunas y cortes varios de carne con hueso. Se comprobó que la temperatura de las mismas era considerablemente superior a la permitida en decreto reglamentario de la Ley provincial de Carnes Nº 7292, vigente en la provincia, por lo que se labró el acta de infracción respectiva y se procedió al decomiso y posterior donación de los productos cárnicos a instituciones de bien público, tal cual lo autoriza la legislación mencionada.
Por otra parte, en lo que respecta a la pesca comercial, desde el organismo provincial se realizaron operativos de rutina en distintas zonas del departamento Diamante, como son La Azotea, puerto de diamante y puerto Las Cuevas. En la oportunidad, y con la colaboración de la Policía de Entre Ríos, se efectuó el decomiso de 800 kg de la especie sábalo a bordo de una camioneta no habilitada para transportar dicha mercadería y sin la correspondiente guía de tránsito que ampare su procedencia. Por constatarse infracción a la Ley provincial de pesca y resoluciones complementarias, se labró el acta correspondiente y se procedió a la desnaturalización de la mercadería transportada.
Se reitera que, en lo que respecta a la venta minorista establecida en la Ley de Pesca Nª 4892, personal de la Dirección General de Fiscalización, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, realizó diversos operativos de control en pescaderías y locales de venta de pescado. Según la normativa vigente los locales deben contar obligatoriamente con la habilitación otorgada por el organismo provincial. A su vez, en los operativos se fiscaliza que las especies puestas a la venta cumplimenten con las tallas mínimas exigidas por la legislación. Las tallas exigidas son: armado, 30 cm; bagre amarillo, 20 cm; boga, 42 cm; dorado, 65 cm; manduvé, 30 cm; moncholo, 30 cm; patí, 40 cm; tararira, 42 cm.
Se recuerda que para la especie surubí rige la veda absoluta hasta el 15 de marzo próximo, que la talla mínima permitida es de 75 cm y que la venta solo puede ser hecha en forma directa al público por parte de pescadores artesanales según lo dispone la Resolución Nº 276, complementaria de la Ley de Pesca Nº 4892. Asimismo, se recuerda también que las pescaderías y locales de venta minorista deberán exhibir con carácter obligatorio, en lugar visible para el público, un cartel con la leyenda “no compre pescado que mida menos de” y a continuación la lista de especies y sus medidas mínimas.